¿Se puede tener una nutria como mascota?

¿Se puede tener una nutria como mascota?

Tener una nutria como mascota se ha puesto de moda en algunos países desde hace un tiempo. Los animales distintos a los que se suelen tener como animal de compañía o doméstico llaman mucho la atención y generan curiosidad por saber cómo es tener uno en casa. No obstante, el mascotismo daña a la biodiversidad, ya que no se centra en los animales domésticos y habitualmente incluye a animales exóticos que, en algunos países, son admitidos más allá de los núcleos zoológicos o los proyectos de recuperación de fauna.

Según las leyes del país, ciertos animales se pueden tener en casa, ya sea cumpliendo con una serie de requisitos básicos o incluyendo la obligación de tener algunos papeles, como permisos o certificados. No obstante, aunque se cumplan los requisitos legales de algunos países, hay animales que no son domésticos y no se pueden tener en buenas condiciones aunque tengamos un espacio que consideremos “adecuado”. Así, ¿se puede tener una nutria como mascota o no? En EcologíaVerde, al ver que la moda de querer tener nutrias se va extendiendo, queremos aclarar esta duda con este artículo.

¿Las nutrias son animales domésticos?

Definitivamente, las nutrias no son animales domésticos, sino que son animales salvajes. Por tanto, aunque en algunas situaciones lleguen a adaptarse algo a la cautividad, se debe a situaciones de necesidad, como en los proyectos que existen para recuperar sus poblaciones naturales para devolverlas a su hábitat o en casos en que deben quedarse en cautividad por ya no ser capaces de sobrevivir por su cuenta, pero siempre en centros o núcleos zoológicos especializados.

Dónde viven las nutrias

Las nutrias son mamíferos semi-acuáticos que viven entre el agua y la tierra, por lo que se las ve mayormente nadando pero también en las orillas de los ríos, canales, pantanos, etc. y también en las orillas de las playas o costas.

Qué comen las nutrias

Las nutrias son animales carnívoros y se alimentan principalmente de peces, crustáceos y moluscos. No obstante, también comen pequeñas aves, anfibios, lagartos, huevos y variedad de animales invertebrados.

No dudes en consultar los siguientes posts sobre los Animales carnívoros: ejemplos y nombres y Animales invertebrados: ejemplos y características para tener más información sobre el tema.

Qué hago si encuentro una nutria herida

Si encuentras una nutria que necesita ayuda lo mejor será que no te acerques a tocarla, ya que al ser mamíferos, como nosotros, pueden transmitirnos muchas más enfermedades que otros tipos de animales y si está malherida y tiene miedo no dudará en defenderse, arañando y mordiendo.

Por tanto, lo mejor es que llames a un centro de recuperación de fauna silvestre mientras procuras no perderla de vista hasta que lleguen y los profesionales se encarguen de ayudarla.

¿Es posible tener una nutria como mascota?

Alrededor del mundo existen varias especies de nutria. Actualmente todas estas especies se encuentran incluidas en los Apéndices I y II del convenio CITES, lo cual se traduce en la prohibición de su captura y comercio, ya que todas ellas se encuentran catalogadas como especie en peligro de extinción. Por consiguiente, queda totalmente prohibido el comercio internacional de nutrias.

Como resultado, en España no es legal tener una nutria como mascota, estando permitido su manejo únicamente por motivos científicos, como su estudio poblacional o como parte de planes para la reintroducción en sus hábitats, y siempre con autorización previa mediante permiso de importación o exportación.

La nutria europea en España

En el caso de España, dentro de la fauna autóctona del país, se encuentra una de las especies de nutria, la conocida como nutria ibérica, nutria europea o paleártica (Lutra lutra), la cual fue objetivo de persecución entre los años 70 y 80, sufriendo un grave declive de la especie y alcanzando un 72,7% la cifra de muertes deliberadas entre 1970 y 1985.

Sin embargo, durante los últimos años y gracias a los diferentes planes de recuperación de dicha especie y de sus hábitats, podemos decir que actualmente en España la población de nutrias se está recuperando a niveles favorables. Esta especie está considerada como “de interés especial” en el catálogo español de especies amenazadas (Real Decreto 139/2011), a su vez, la Directiva Hábitats la cataloga como una de las especies de interés comunitario para las cuales es necesario designar zonas especiales de conservación, así como animales que requieren de una protección estricta (Anexo IV Directiva 92/43CEE).

Realidad normativa sobre la tenencia de nutrias en la Unión Europea y España

Como consecuencia de la inclusión de las nutrias en el anexo IV de la Directiva Hábitats, entra en juego el artículo 12 de dicha normativa, el cual establece que:

1. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para instaurar un sistema de protección rigurosa de las especies animales que figuran en la letra a) del Anexo IV, en sus áreas de distribución natural, prohibiendo:

a) cualquier forma de captura o sacrificio deliberados de especímenes de dichas especies en la naturaleza;

b) la perturbación deliberada de dichas especies, especialmente durante los períodos de reproducción, cría, hibernación y migración;

c) la destrucción o la recogida intencionales de huevos en la naturaleza;

d) el deterioro o destrucción de los lugares de reproducción o de las zonas de descanso.

2. Con respecto a dichas especies, los Estados miembros prohibirán la posesión, el transporte, el comercio o el intercambio y la oferta con fines de venta o de intercambio de especímenes recogidos en la naturaleza, excepción hecha de aquellos que hubiesen sido recogidos legalmente antes de la puesta en aplicación de la presente Directiva.”.

A su vez, a nivel interno encontramos el artículo 334 del Código Penal español, el cual establece que:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general:

1. cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre;

2. trafique con ellas, sus partes o derivados de las mismas; o, realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración.".

Igualmente, la ley de contrabando establece en su artículo 2 apartado b que

“Cometen delito de contrabando aquellas personas que realicen operaciones de importación, exportación, comercio, tenencia, circulación de especímenes de fauna y flora silvestres y sus partes y productos, de especies recogidas en el Convenio de Washington, de 3 de marzo de 1973, o en el Reglamento (CE) n.º 338/1997 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, sin cumplir los requisitos legalmente establecidos.”.

Esto se traduce en sanciones administrativas llegando incluso en ocasiones a ser calificado como un delito de contrabando, castigado con penas de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo del valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos, imponiéndose las penas en su mitad superior en los casos de contrabando de especies incluidas en el Reglamento CITES.

Moción 114 presentada para el Congreso Mundial de la Naturaleza (Marsella 2020)

Por último, resulta necesario señalar que una de las mociones presentadas para el Congreso Mundial de la Naturaleza, que se celebrará en Marsella próximamente, concretamente la moción 114 denominada “Salvar a las nutrias del mundo”, se presenta sobre la premisa de la alarmante disminución de las diferentes poblaciones de nutrias de todo el mundo a causa de la destrucción de sus hábitats, así como su captura y comercio ilícito, ya que su tenencia como mascota está en auge en muchos países, lo cual hace que sea necesario una mayor protección jurídica a nivel mundial para frenar esta tendencia.

Igualmente, en dicha moción se aprecia una preocupación por la falta de medidas adoptadas respecto al comercio asiático de nutrias vivas para su uso como mascotas, y por el impacto que esto está teniendo en dicha especie, siendo la más azotada por esta tendencia la nutria asiática de uñas cortas (Aonyx cinereus), esperando así, conseguir una mayor protección a nivel mundial que finalice la persecución y explotación que está sufriendo esta especie en los últimos tiempos para ser utilizada como animal de compañía.

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Bibliografía
  • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, firmada en Washington el 3 de marzo de 1973, enmendada en Bonn, el 22 de junio de 1979 (párrafo 3 a) del Artículo XI) y enmendada en Gaborone, el 30 de abril de 1983 (Artículo XXI).
  • Apéndices I, II y III en vigor a partir del 4 de octubre de 2017. Convención Sobre El Comercio Internacional De Especies Amenazadas De Fauna Y Flora Silvestres.
  • Javier Peira García. CONAMA 2016. Del 28 de noviembre al 1 de diciembre, Madrid. Plan de recuperación de una especie amenazada. Plan de recuperación de la nutria ibérica en la sierra del Guadarrama.
  • Situación actual del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y, en su caso, del Catálogo Español de Especies Amenazadas. (Número de taxones incluidos según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero y sus modificaciones: Orden AAA/75/2012, de 12 de enero; Orden AAA/1771/2015, de 31 de agosto y Orden AAA/1351/2016, de 29 de julio).
  • BOE núm. 235, de 1 de octubre de 1986. Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna el 19 de septiembre de 1979.